La reglamentación de la Ley 23.351 de bibliotecas populares, en su artículo 9, establece la clasificación de estas entidades en tres categorías, de acuerdo a determinados indicadores, que responden a diferentes aspectos vinculados al funcionamiento de la biblioteca. Para mas información ver Ley de bibliotecas populares haciendo clic aquí
El procedimiento de categorización se realiza mediante la página web de la CONABIP haciendo clic aquí
Todas aquellas bibliotecas populares registradas en este organismo que consideren que su categoría vigente debe ser revisada por haber crecido en términos institucionales y/o de prestación de servicios, pueden realizar el procedimiento de categorización, siempre y cuando haya transcurrido un año desde su incorporación al registro de la CONABIP o desde la última vez que realizaron este proceso.
Para realizar el trámite de categorización deberá iniciar la sesión en la página web de la CONABIP con su usuario y contraseña.