El Gobernador de la Provincia de Mendoza, Alfredo Cornejo, a través del Decreto 1896 promulgó la Ley 8935, modificatoria de la Ley 6971, de “Fomento y Apoyo a las Bibliotecas Populares”
Dicha Ley modifica los artículos Artículos 1, 12 y 13 de la Ley de "Fomento de Apoyo de Bibliotecas Populares", e incorpora al Artículo 10 el inciso “j”.
La norma fue promulgada el 23 de diciembre de 2016 y comenzará a regir a partir de la convocatoria de subsidios 2017 del Fondo Especial de Asistencia Cultural.
La ley 6971 que fue promulgada en el 2002, estipulaba un monto fijo para dividir entre todas las bibliotecas populares de la provincia de Mendoza. Ese monto fijo estuvo desde el 2002 a la fecha en 300 mil pesos anuales para todas las bibliotecas de la provincia, y con la modificación de la ley ascendió a 750 mil, monto que se va a actualizar todos los años según variables económicas.
Las modificaciones en la ley han sido producto del trabajo conjunto de la Secretaría de Cultura de la provincia de Mendoza, a través de la Comisión Provincial Protectora de Bibliotecas Populares (Coprobip), con otras instituciones que funcionan en todo el territorio de la provincia.
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